SORTEO DE UNA ENTRADA DOBLE PARA “SCRAPWORLD 2025” PARA LOS SEGUIDORES DE LAS ROZAS VILLAGE EN INSTAGRAM
LOS SIGUIENTES TÉRMINOS Y CONDICIONES SERÁN DE APLICACIÓN A LOS PARTICIPANTES EN EL SORTEO QUE SE REALIZARÁ DESDE EL PERFIL DE INSTAGRAM DE LAS ROZAS VILLAGE:
  1. El Organizador es Value Retail Management Spain, S.L.U., con NIF B-60.689.486 (en lo sucesivo el “Organizador” o “Las Rozas Village” indistintamente), entidad que gestiona, entre otros, el centro tipo “outlet” Las Rozas Village. Se puede contactar con el Organizador en su domicilio social en La Roca Village, La Roca del Vallès, C.P. 08430 (Barcelona).
  2. El Organizador detalla a continuación las bases reguladoras del sorteo (las “Bases” y el “Sorteo”, respectivamente) dirigido exclusivamente a las personas que cumplan con los requisitos de participación que se indican a continuación:
  • Convertirse en seguidor de la cuenta de Las Rozas Village en Instagram (la “Cuenta”).
  • Una vez hecho, o en caso de que el participante ya fuera seguidor con anterioridad, acceder a la publicación (la “Publicación”) de Instagram que el Organizador habrá posteado en la Cuenta, ya sea a través de la propia Publicación o bien escaneando el código QR que se habrá colocado física y previamente en la tienda de la marca “Scuffers” de Las Rozas Village.
  • Dar “me gusta” a la Publicación y añadir, al menos, un (1) comentario en la Publicación, mencionando, como mínimo, a dos (2) personas en el mismo comentario.
  1. El plazo para participar en el Sorteo se iniciará el 19 de diciembre de 2024, en el momento de la publicación del mismo en la Cuenta, y finalizará el 9 de enero de 2025 a las 23:59 (el “Plazo”). Las participaciones recibidas con anterioridad o posterioridad a dichas fechas no serán tenidas en cuenta.
  2. Se realizará un (1) único Sorteo, que tendrá lugar 10 de enero de 2025. Solo habrá un (1) ganador para este único Sorteo.
  3. La participación en el Sorteo es gratuita. Solo se permite una participación por persona.
  4. El premio que se sorteará será una (1) entrada doble, es decir, para la asistencia de dos (2) personas, en el evento “Scrapworld 2025”, que tendrá lugar los días 5 y 6 de abril de 2025 en Madrid, cuyo valor conjunto asciende a la cifra de 118 € (59 € por persona) (el “Premio”).

El Premio no será transferible ni cambiado por su valor en metálico, ni por premios alternativos, ni siquiera de menor valor. El Premio consiste y es tal y como se recoge en el párrafo anterior y no se extiende a ningún otro concepto que no venga expresamente especificado, enumerando de forma enunciativa que no limitativa, las siguientes exclusiones:

  • Dietas;
  • Traslados;
  • Tasas y tributos, entre ellos, los derivados de los premios y la tasa turística.
  1. El Sorteo se realizará como sigue:

a. El ganador será escogido de forma aleatoria a través de la plataforma random.org. También se seleccionará otro participante como suplente.

b. El día del Sorteo el ganador recibirá un mensaje directo de Instagram (en la cuenta de usuario que haya utilizado para participar), confirmando ser el ganador del Sorteo y deberá responder a ese mismo mensaje recibido y en esa misma conversación en un plazo de 15 días naturales con sus datos de contacto (nombre, apellidos, domicilio, teléfono fijo y/o móvil, DNI, y dirección de correo electrónico).

c. En caso de renuncia expresa del ganador o de no obtener respuesta de éste en el plazo indicado, automáticamente el ganador perderá su derecho al Premio y el Organizador tendrá derecho a seleccionar al participante suplente como nuevo ganador. El participante suplente será contactado siguiendo el procedimiento anterior y se le concederá un nuevo plazo de 15 días naturales para su respuesta según lo indicado en el apartado c). Si no se recibiera comunicación alguna por parte del participante suplente, el Premio se daría por desierto, sin que por ello se tenga derecho a compensación alguna.

  1. Una vez proporcionada la información indicada en el punto 7.b anterior o, en su defecto, 7.c en el caso de existir un suplente, el Organizador enviará, a la dirección de correo electrónico indicada por el ganador/a, las entradas digitales correspondientes al Premio, junto con la carta de recepción del Premio. El ganador/a deberá devolver al Organizador dicha carta a la mayor brevedad, debidamente firmada, en la dirección de correo electrónico que el propio Organizador le indicará al efecto. De lo contrario, el Premio resultaría invalidado.

  2. En el presente Sorteo está expresamente prohibido y, por ello, no podrán participar las siguientes personas:

  • Los menores de 18 años;
  • Los socios, directivos y empleados del Organizador ni de Las Rozas Village, La Roca Village, ni de las demás empresas del grupo de sociedades que aplican el concepto de The Bicester Collection, las agencias implicadas en la promoción, proveedores, colaboradores directos o indirectos que hayan participado en la elaboración de la misma, así como tampoco los hijos y familiares directos de todos éstos.

Si, por cualquier motivo, resultara ganadora una persona listada en el párrafo anterior, el Organizador podrá dar de baja/descalificar al participante infractor y retirarle/invalidar el Premio por no cumplir con los requisitos de participación. Cualquier intento de fraude podrá ser perseguido por el Organizador y a tal efecto, se reserva el derecho a iniciar cuantas acciones le pudieran corresponder con el fin de reclamar indemnización de daños y perjuicios y cualquier otro derecho que le asista. En ese supuesto, el ganador del Sorteo será el suplente. En cualquier caso, se exonera de responsabilidad al Organizador por la participación fraudulenta de terceros y por las malas prácticas de éstos, ajenos al Organizador, en la promoción y desarrollo del Sorteo. 10. El Organizador no responderá de los casos de fuerza mayor, así como de actos que no le sean imputables, directamente, que pudieran impedir al ganador el disfrute total o parcial de su Premio.

El Organizador no acepta responsabilidad alguna por participaciones no completadas con éxito por motivo de fallo técnico, fallo del equipo informático o software, o cualquier clase de fallo de satélite, red o servidor. 11. El Organizador se reserva el derecho de sustituir el Premio por un premio alternativo de valor equivalente o superior si resulta necesario por circunstancias ajenas al control del Organizador.

  1. La mera participación en el Sorteo, en los términos indicados en las Bases, supone la plena aceptación de éstas, implicando que el participante las ha leído y comprendido y que acepta expresamente su contenido íntegro, sin reservas ni limitaciones. Las Bases estarán disponibles de forma permanente para la consulta e impresión de todos los participantes en la página web del Organizador; concretamente en el siguiente enlace:

https://www.thebicestercollection.com/las-rozas-village/es/legal/scuffers

  1. El Organizador se reserva el derecho a modificar o anular en cualquier momento las condiciones del presente Sorteo, comprometiéndose a comunicar las nuevas Bases, condiciones o anulación definitiva, en su caso. En particular, si por causas de fuerza mayor ajenas a la voluntad del Organizador, el centro tipo “outlet” Las Rozas Village tuviera que ser cerrado al público y por tanto no se pudiera llevar a cabo el Sorteo, los participantes no podrán realizar reclamación alguna al Organizador.

  2. El participante reconoce y acepta que el Organizador no da garantías con respecto al Premio que el ganador adquiere para el presente Sorteo, por lo que nada se obliga a reclamarle.

  3. En cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente, en el caso de que sea aplicable, el Organizador, realizará la retención correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas al ganador del Premio, y declarará el Premio entregado en los modelos tributarios correspondientes. Las repercusiones fiscales que la obtención del Premio tenga en la fiscalidad del ganador, serán por cuenta de éste, por lo que el Organizador quedará exento de cualquier responsabilidad.

  4. El ganador del Sorteo acepta y autoriza a que la mención de su nombre y/o imagen, al tiempo de conocerse el ganador y/o recogiendo el Premio obtenido, puedan publicarse en la página web y redes sociales del Organizador si éste así lo estima, así como en cualquier otro soporte comercial, publicitario o medio de comunicación que pueda utilizar o contratar (interno o externo) el Organizador, a fin de informar y hacer público el resultado del Sorteo realizado. Dicha autorización se presta únicamente para dicho fin, de manera no exclusiva e intransferible. El ganador se compromete a participar, en términos razonables, en iniciativas publicitarias posteriores que le pueda solicitar el Organizador.

  5. A efectos de la normativa aplicable, se hace constar que el ámbito territorial del Sorteo se extiende al territorio de la Comunidad autónoma de Madrid. Así, las presentes Bases se rigen por la ley 6/2001, de 3 de julio, sobre el Juego en la Comunidad de Madrid, y, subsidiariamente, por la Ley Española que resulte de aplicación. El incumplimiento de cualquiera de las reglas y normas establecidas en las presente Bases por parte del participante, determinará su inmediata descalificación y expulsión del Sorteo, con pérdida del Premio, en su caso.

  6. Los participantes y el Organizador aceptan que cualesquiera controversias que pudieran surgir en la interpretación o ejecución de estas Bases quedarán sometidas a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Barcelona Capital.

  7. Protección de datos de carácter personal: Puede encontrar más información sobre el tratamiento de sus datos personales con respecto al Sorteo en el siguiente enlace: Términos y Condiciones Las Rozas Village Membership | Legal | Las Rozas Village (thebicestercollection.com).